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JORNADAS LABORALES ESPECIALES POR CALOR

El pasado mes de junio, Andalucía registraba la temperatura más alta de la historia para esta época del año. En El Granado, un pueblo de Huelva, llegaron a alcanzarse los 46ºC. Aemet ha explicado que esos datos se dieron entre las 14.30 y las 15.00 horas.

En España, la jornada intensiva en verano no es un derecho general para todos los trabajadores, ni está establecido como obligatorio por ley. La jornada intensiva en verano, donde se trabaja de forma continua sin pausas para la comida, que suele comprender un horario de 8:00 a 15:00 es un acuerdo alcanzado entre empresa y trabajadores cuando no está establecido por convenio.

Trabajar con altas temperaturas eleva a riesgo alto la salud de los trabajadores. Agotamiento, deshidratación, calambres, problemas cardiovasculares y respiratorios, mareos, síncopes o incluso quemaduras de piel, son solo algunas de las consecuencias de aguantar temperaturas elevadas.

En España murieron cuatro personas en sus puestos de trabajos durante la primera ola de calor del verano. La legislación actual, Real Decreto Ley 4/2023 y artículo 21 de Ley de Prevención de Riesgos Laborales, pone el foco en la prevención por parte de las empresas, exigiendo mayor protección a sus empleados frente a las altas temperaturas. Entre las medidas preventivas estaría la de reducción o adaptación de jornada para cuidar la salud de los trabajadores en verano.

En casos de alerta naranja o roja, la actividad debe suspenderse o reorganizarse para garantizar condiciones seguras. En algunos casos, aun sin existir alerta, el elevado nivel de humedad puede ser motivo de riesgo. La Aemet advierte que en zonas con humedad relativa o elevada el riesgo de golpe de calor se dispara a partir de los 30ºC.

Del mismo modo, debemos estar atentos a esos otros factores que hacen que el riesgo térmico aumente. El tipo de actividad, el estado físico del trabajador o la ropa de trabajo deben ser contemplados por la empresa y evaluados con el objetivo de asegurar la buena salud de los empleados.

Por otra parte, se ha demostrado que existe relación directa entre estrés térmico y la baja productividad de las empresas, incluso con aire acondicionado. Favorecer el descanso de los empleados, así como garantizar unas condiciones idóneas de trabajo incide directa y positivamente en la rentabilidad de tu empresa.

Por tanto, como empresario estarías obligado a:

Realizar una evaluación de riesgos laborales que contemple el calor extremo y determine las medidas preventivas necesarias. 

Reducir la jornada o modificar horarios, evitando así las horas más críticas de calor.

En trabajos al aire libre, proporcionar sombreadas zonas de descanso suficientemente frescas.

Asegurar el acceso a agua fresca.

Vigilar la salud específica de ciertos trabajadores, como embarazadas, sensibles a las altas temperaturas.

En casos extremos, cuando se ha decretado alerta por ola de calor incluso suspender los trabajos o adaptar los trabajos al aire libre.

El objetivo es crear un ambiente de trabajo cómodo y seguro para los empleados.

En caso de no poder garantizar condiciones idóneas de bienestar, las empresas están obligadas a suspender la actividad y activar el permiso retribuido preventivo.

Para trabajos sedentarios en oficinas, entidades del sector sugieren que la temperatura ideal debe oscilar entre 17 ºC y 27 ºC, mientras que en labores ligeras se recomienda mantener el ambiente entre 14 ºC y 25 ºC.

El incumplimiento de estas medidas preventivas puede derivar en acciones legales, sanciones administrativas o reclamaciones de los empleados. Quieres proteger y optimizar las relaciones laborales de tu empresa. Consulta con profesionales para ahorrar recursos y evitar sanciones.

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