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DEDUCCIONES FISCALES QUE PUEDES APLICAR EN TU DECLARACIÓN ESTE 2025 SI VIVES EN ANDALUCÍA

La Agencia Tributaria ha colgado en su página web un Manual de Renta en el que incluye todas las deducciones autonómicas de cada región.

Si Andalucía constituyó tu residencia habitual en 2024, estas son todas las deducciones a las que puedes acceder, las mismas catorce del ejercicio pasado englobadas en:

DEDUCCIONES PARA ACCEDER A LA VIVIENDA

DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA

DEDUCCCIONES PARA EL APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

OTRAS DEDUCCIONES como ayuda doméstica, inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en determinadas sociedades mercantiles, por gastos de defensa jurídica de la relación laboral o por donativos con finalidad ecológica.

Como contribuyente andaluz, lo primero que necesitas conocer es la escala autonómica de Andalucía que marca cuánto has de pagar en función de tus ingresos.

En cada nuevo ejercicio conviene estar al tanto de las novedades y deducciones específicas de la propia comunidad autónoma. Estar informado y preparar con tiempo el papeleo necesario es fundamental a la hora de ahorrar en tu declaración anual de la renta.

DEDUCCIONES QUE PUEDES APLICARTE SI VIVES EN ANDALUCÍA:

1.- Deducción del 2% (3% si el contribuyente es menor de 35 años a fecha de 31 de diciembre de 2024) por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes. Siempre y cuando la adquisición se haya iniciado a partir del 1 de enero de 2003 y los ingresos de la unidad familiar no excedan de 2,5 veces el IPREM (en el caso de viviendas protegidas de régimen especial, 3,5 el IPREM y de régimen general,5,5 veces el IPREM).

2.- Por cantidades invertidas en el alquiler de vivienda habitual. Antes solo era aplicable para menores de 35 años y con un límite máximo de 500€. Ahora se mantiene el 15% de deducción, pero se amplía el límite hasta 600€, 900€ para personas con discapacidad.

3.- Deducción por nacimiento, adopción o acogimiento familiar de menores, que pasa de 50€ a 200€, 400€ si vives en un municipio con problemas de despoblación.

4.- Por adopción de hijos en el ámbito internacional una deducción de 600€ por hijo adoptado.

5.- Para el padre o madre de familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años una deducción de 100€.

6.- Para familia numerosa de categoría general una deducción de 200€, de carácter especial de 400€.

7.- Por gastos educativos en enseñanza escolar y extraescolar de idiomas e informática los prestados en centros públicos y privados. Una deducción del 15% con un máximo de 150€ por hijo.

8.- Para contribuyente con discapacidad una deducción de 150€ por cada contribuyente con discapacidad de grado igual o superior al 33%.

9.- Para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad podrá contar con una deducción de 100€. En este caso la pareja no puede ser declarante del impuesto

10.-Por asistencia a personas con discapacidad el contribuyente titular del hogar familiar podrá deducirse 100€ por persona, así como el 20% de las cotizaciones a la Seguridad Social de empleados del hogar con un límite de 500€.

11.-Por ayuda doméstica se puede deducir el 20% del gasto en ayuda doméstica con un límite de 500€. 

12.- Por inversión en empresas con domicilio social y fiscal en Andalucía siempre que no se ejerzan funciones ejecutivas ni se tenga relación laboral con la entidad objeto de inversión una deducción del 20% de las inversiones en sociedades mercantiles con un límite de 4.000 €. Se eleva al 50% con un máximo de 12.000€ si la empresa está vinculada a universidades o centros de investigación.

13.- Por gastos legales en procedimientos por despido, extinción de contrato o reclamación de cantidades pueden deducirse hasta un máximo de 200€.

14.- Por donativos con finalidad ecológica y cuidado del medioambiente a entidades públicas dependientes de Andalucía o corporaciones locales de esta sin fines lucrativos pueden deducir el 10% de las donaciones con un límite de 150€.

En MMSoluciona valoramos tu caso particular y te orientamos para que tomes la mejor decisión antes de presentar tu declaración.

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