Este mes de junio acaba el plazo, como así marca y está informando la Seguridad Social (TGSS) a trabajadores por cuenta propia y empresas, para poder comunicar la actualización de su actividad económica.
Se busca con esta actualización adaptar los registros administrativos al nuevo sistema de clasificación del Instituto Nacional de Estadística (INE), adaptarse a la evolución del tejido productivo y alinearse con los criterios estadísticos de la Unión Europea.
El CNAE, o clasificación estadística de actividades económicas, es un código numérico que ayuda a la hora de presentar información sobre la actividad económica desempeñada por las empresas y autónomos. Esta clasificación es utilizada también en el cálculo de las cuotas de la Seguridad Social relacionadas con accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y en la tarificación de los accidentes laborales. La CNAE-2025, actualización progresiva de la versión anterior CNAE-2009, tiene como objetivo aportar precisión y adaptarse a las nuevas actividades y sectores emergentes. Digitalización, sostenibilidad, economía circular, verde y servicios innovadores forman parte de la nueva realidad económica. Así se, por ejemplo, añade un código específico para actividades relacionadas con la ciberseguridad, un área cada vez más importante en el mundo digital.

La clasificación consta de cuatro niveles:
Sección Alude al nivel más general, está representada por una letra (Sección A: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; Sección B: Industrias extractivas
División Se emplean dos dígitos para representar un nivel más específico
Grupo Añade un tercer dígito para mayor precisión
Clase de actividad económica, el nivel más detallado con cuatro dígitos.
Autónomos y sociedades deberán actualizar la codificación de su actividad económica conforme a la CNAE-2025, incluso si la denominación de la actividad no ha cambiado, ya que su código podría haber sufrido modificaciones. Es importante revisar este código por sus repercusiones directas en:
La cotización de la Seguridad Social y las cuotas empresariales asociadas
La elección de epígrafe de IAE correspondiente y fiscalidad
Las obligaciones en modelos de Hacienda como el 036
El acceso a subvenciones o licitaciones públicas
El tipo de riesgos laborales atribuidos por la mutua.
Un cambio y una comunicación obligatoria a la Tesorería General de la Seguridad Social para los autónomos dados de alta antes del 1 de marzo de 2025 y empresas con CCC (Código de Cuenta de Cotización). Los nuevos inscritos después de esta fecha deberán hacer el cambio en el momento del alta.
La TGSS ha habilitado el portal IMPORTASS, ahí se podrán hacer los cambios a través del área personal.
Realizar correctamente este cambio es importante para evitar incongruencias entre los datos fiscales y administrativas, además de fallos en el cálculo de cuotas como hemos visto.
La codificación anterior, CNAE-2009, se mantendrá hasta que la Tesorería de la Seguridad Social haya adaptado completamente su sistema al nuevo esquema.
En MMSoluciona nos aseguramos de que cumples con la normativa vigente y evitas posibles complicaciones. Identificar el código CNAE correcto para tu actividad y completar trámites necesarios para la comunicación a la TGSS, así como resolver cualquier duda que pueda surgir durante el proceso será nuestro objetivo.




