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31 DE ENERO, PLAZO MÁXIMO PARA QUE LOS AUTÓNOMOS RENUNCIEN A LOS MÓDULOS

Primero, Hacienda prorrogó por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2026, el régimen de estimación objetiva, los llamados módulos, y los límites de facturación. Ahora ha ampliado, mediante orden ministerial de noviembre, un mes más el plazo para renunciar a este método de tributación. De esta forma, los autónomos aún están a tiempo de revocar el método de estimación objetiva, exactamente hasta el 31 de enero.

¿Qué consecuencias tiene esta prórroga de estimación objetiva?

Con la prórroga, que trajo consigo el RD-ley 16/2025 publicado el pasado 23 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado, se retrasa la entrada en vigor de un sistema de IVA franquiciado para los autónomos.

La continuidad del sistema de módulos implica el pago de una cuota fija en liquidaciones trimestrales de IRPF e IVA para determinados colectivos como hostelería, comercio o transporte de mercancías. Es decir, con este método no se aplica el cálculo del impuesto en función de los beneficios reales obtenidos, entendiéndose por beneficio real la diferencia entre ingresos y gastos.

El sistema de módulos actual fija los umbrales de facturación en 125.000€ y 250.000€, dependiendo si se facturó a particulares o fue a empresas y a otros autónomos.

No obstante, la continuidad del régimen de módulos en 2026 sigue dependiendo de la convalidación parlamentaria del Real Decreto-ley, por lo que genera incertidumbre para determinados profesionales como los transportistas, ya que la salida de este modelo supondría una mayor carga fiscal, así como mayores problemas para anticipar costes y beneficios.

El año pasado tampoco se aprobó el decreto ómnibus, que es el que incluye estos límites de facturación, pero continuaron vigentes ya que se consideró que al estar en marcha a primeros de año podían mantenerse durante todo el ejercicio.

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