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BLACK FRIDAY Y NAVIDAD, ¿PENSANDO EN REFORZAR TU PLANTILLA ESTE INVIERNO?

Las diferentes empresas y autónomos que necesitan ampliar su plantilla temporalmente son una realidad consolidada en el mercado laboral. De cara a las próximas campañas comerciales de alta demanda: Black Friday, Cyber Monday y la campaña de Navidad y Reyes, sectores como el de Logística, Almacén y Transporte o Comercio y Venta al Detalle se verán obligados a contratar profesionales de manera exprés si quieren responder al aumento notable de la demanda y garantizar una buena experiencia a sus clientes.

¿Conoces las opciones legales de contratación en estos casos?

Tras la reforma laboral, la regla general es el contrato indefinido. Sin embargo, para cubrir incrementos puntuales de actividad en noviembre y diciembre (Black Friday, Navidad, rebajas), las empresas disponen de cuatro vías legales:

1. Contrato Temporal por Circunstancias de la Producción (Previsible)

Es la herramienta estrella para la campaña navideña cuando se trata de picos de trabajo ocasionales que la empresa ya sabe de antemano que van a ocurrir. Este tipo de contrato se podría utilizar, por tanto, para cubrir las necesidades de esos dos meses. Hay que advertir que esta modalidad cuenta con un límite legal estricto, es decir, la empresa solo puede recurrir a esta modalidad un máximo de 90 días por año.

Para que este tipo de contrato sea legal debe justificar minuciosamente el motivo del incremento de plantilla.

2. Contrato Fijo-Discontinuo

Si no es una acción aislada, es decir, si se trata de comercios o empresas de logística obligadas a reforzar la plantilla en noviembre y diciembre año tras año, este tipo de contrato es la opción correcta legalmente. Dejas de encadenar contratos temporales evitando riesgos con Inspección de Trabajo.

En este caso, se entiende que el trabajador forma parte de la plantilla fija de la empresa, aunque su actividad se pausa con el fin de la campaña. Pasaría a inactividad y se le vuelve a llamar de forma obligatoria el noviembre siguiente. En este caso, el trabajador puede inscribirse como demandante de empleado, realizar otro trabajo o recibir prestación si cumple con los requisitos.

3. Ampliación de Jornada u Horas Complementarias (Flexibilidad Interna)

Hablábamos al inicio de necesidad de aumentar la plantilla, pero no habíamos mencionado la posibilidad de optimizar la actual. Si la empresa cuenta con empleados contratados a tiempo parcial puede, antes de realizar nuevas contrataciones externas, pactar una ampliación temporal de jornada durante ese tiempo o bien acordar el reparto de horas complementarias, si así está contemplado en su contrato y convenio.

La ventaja en este caso es que se recurre a personal que no necesita formación, que ya conoce la empresa y la dinámica de trabajo.

4. Contratación a través de ETT (Empresas de Trabajo Temporal)

Existe una alternativa más en aquellos casos en los que la empresa necesita incorporar personal de forma inmediata, pero no quiere o no puede asumir la carga administrativa de selección y alta.

Para estos casos, la ETT celebra el contrato de puesta a disposición con la empresa usuaria amparándose en la causa temporal por circunstancias de la producción.

La Inspección de Trabajo vigila con especial intensidad las contrataciones de fin de año por lo que te recomendamos, como expertos laborales, que no utilices un contrato temporal sin especificar claramente la causa o superes el límite marcado de los 90 días, esto puede convertir al trabajador automáticamente en indefinido a tiempo completo y exponer tu empresa a sanciones administrativas.

Anticípate a las campañas comerciales intensivas y refuerza tu plantilla sin sorpresas. En MMSoluciona podemos ayudarte tramitando altas de forma exprés y asesorándote sobre los convenios colectivos aplicables.

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