Subasta pública de Unidad Productiva de Estación de Servicio en el término municipal de Cullar, Granada.

Se abre el plazo para subasta pública de la Unidad Productiva de Estación de Servicio en el término municipal de Cúllar, Granada.

En el procedimiento concursal nº 510/2010 del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Almeria se ha dictado Edicto de fecha 22 de octubre de 2020 por el que se publican las bases para la subasta de dicha Unidad Productiva que se realizara el día 20 de noviembre de 2020 las 12:00 Horas.

Para solicitar más información deberá dirigirse al correo electrónico pedelape@mmsoluciona.es.

BASES DE LA ENAJENACIÓN:

1.- EMPRESA ESPECIALIZADA ENCARGADA DE REALIZAR LA ENAJENACIÓN:

ASESORÍA Y CONSULTORÍA MMSOLUCIONA,SL
CIF.- B04876249
Dirección: CALLE NAVARRO RODRIGO, 9 2ºA CP.04001 – ALMERÍA
web www.mmsoluciona.es
Correo electrónico pedelape@mmsoluciona.es

2.- BIENES OBJETO DE REALIZACIÓN.

LOTE ÚNICO COMPUESTO DE UNIDAD PRODUCTIVA.- “ESTACIÓN DE SERVICIO EN PRODUCCIÓN” sita en el Punto Kilométrico 377 de la Carretera A-92, margen derecho, en el término municipal de Cullar (Granada), construida en TERRENO con la descripción.- RUSTICA, Suerte de tierra de secano en la solana de Vertientes, paraje del Mojón, término de Cullar, de cabida actualmente por haberse visto afectada por las obras: TI GR-2380 Autovía del Mediterráneo, Jerez-Cartagena, ampliación de la calzada del p.k. 184 al p.k. 124, ha quedado reducida a una hectárea, sesenta y dos áreas, sesenta centiáreas y que linda: Levante Juana Reche Reche; Sur y Poniente, Nicolás González Reche; y Norte, resto de finca matriz de la que ésta se segrega. Está atravesada de Levante a Poniente por la Carretera Nacional de Jerez a Cartagena.
Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Baza (Granada), al Tomo 723 del Archivo, Libro 121 del Ayuntamiento de Cullar, folio 163, finca nº 11.186, inscripción 5ª.
El adquirente de la unidad productiva está obligado a subrogarse en la posición de empresario con respecto a los trabajadores.
La Estación de Servicio se mantiene en explotación mediante contrato de arrendamiento suscrito con DISA PENÍNSULA, S.L.U. y cuyo vencimiento previsto coincide con la fecha de adjudicación de la unidad productiva.
Queda a disposición de los interesados el informe confeccionado por la empresa especializada.

3.- VALOR DE ENAJENACIÓN

El valor de enajenación se fija en TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (350.000 euros), aunque las ofertas se podrán realizar sin sujeción a precio mínimo.

4.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR.

Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
4.1.- Identificarse mediante nombre, N.I.F., domicilio postal, teléfono, correo electrónico. Si se actúa mediante representante, se aportará acreditación de la representación.
4.2.- Declarar expresamente, y por escrito firmado, que conoce las condiciones de enajenación.
4.3.- Aportar justificante de haber ingresado la cantidad de 21.175 euros, en la cuenta bancaria número ES54 0128 0720 1305 0000 9943, de la entidad BANKINTER, titularidad de ASESORÍA Y CONSULTORÍA MMSOLUCIONA, S.L.
El depósito del adjudicatario se destinará a retribuir los gastos de enajenación, que serán facturados por la entidad especializada. En dicha cantidad se ha incluido el IVA, siendo la base el 5% del valor de enajenación.
Los depósitos de los que no resulten adjudicatarios les serán devueltos.
4.4.- No está permitida la cesión de la adjudicación a un tercero.

5.- REALIZACIÓN DE OFERTAS MEDIANTE PRESENTACIÓN DE SOBRE CERRADO.

5.1.- Desde el día 3 de noviembre de 2020 hasta el día 18 de noviembre de 2020, los licitadores podrán realizar oferta escrita mediante sobre cerrado, en el que incluirán:

  • el pliego con los datos de identificación;
  • en su caso, copia del documento acreditativo de la representación;
  • declaración de conocer las condiciones de enajenación;
  • oferta que realiza;
  • justificante de ingreso del depósito para realizar esa oferta.

5.2.- El sobre deberá quedar presentado en el domicilio de la entidad especializada que se indica en la base número 1.

6.- APERTURA DE SOBRES

6.1.- A las 12 horas del día 20 de noviembre de 2020, en el domicilio de la entidad especializada, se constituirá la mesa con un representante de esta entidad y la administradora concursal, que llevará a cabo la apertura de los sobres.
6.2.- Aceptará las ofertas que cumplan con los requisitos exigidos para participar. No será subsanable la falta de ingreso del depósito para licitar. La posibilidad y forma de subsanación de los demás defectos quedará a criterio de la mesa.
6.3.- Se confeccionará la lista de ofertantes en orden decreciente desde la mayor oferta a la menor.
6.4.- A este acto podrán asistir cada ofertante o un representante suyo debidamente acreditado –como medida de seguridad debido a la pandemia de COVID19, no se permitirán acompañantes-.

7.- PAGO DEL PRECIO Y ADJUDICACIÓN

7.1.- Se requerirá al que haya realizado la oferta más alta, para que ingrese la totalidad del precio ofrecido en la cuenta bancaria en la que realizó el depósito para licitar.
7.2.- El ingreso deberá realizarlo en el plazo de 5 días hábiles desde el envío del requerimiento.
7.3.- Si no atendiera el requerimiento, perderá la posibilidad de ser adjudicatario, así como el depósito para licitar, que quedará en beneficio de la masa activa del concurso; y se requerirá al siguiente ofertante de la lista, procediendo de la misma forma y con los mismos efectos que en estos tres puntos 7.1, 7.2 y 7.3.
7.4.- Realizado el ingreso por el ofertante, la Administración Concursal lo declarará adjudicatario, y concertará con él, y con DISA PENÍNSULA S.L.U., la tramitación de la plena transmisión de la unidad productiva, incluyendo el otorgamiento de escritura pública para la transmisión del inmueble libre de cargas y gravámenes.
7.5.- Seguidamente se devolverán los depósitos para licitar a los demás ofertantes.

8.- GASTOS DE ENAJENACIÓN.

Los emolumentos de la empresa especializada serán del 5% del valor inicial de la subasta, es decir, 17.500 euros, sobre los que deberán incrementarse los impuestos correspondientes. Dichos emolumentos serán abonados por el adjudicatario, con cargo al depósito para licitar.
Todos los gastos, tasas e impuestos que graven o se devenguen por razón de la transmisión, serán de cargo del adjudicatario, aun en el caso de que exista la previsión legal de que lo sean de cargo de transmitente.
En ningún caso se imputará ninguno de los conceptos descritos a la masa activa del concurso ni a la Administración Concursal.

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