Nueva prórroga de los ERTE. Te contamos en qué consisten

El gobierno ha aprobado una nueva prórroga de los ERTE hasta Enero de 2021. Si tu empresa se ha visto obligada a acogerse a un ERTE o estás pensando en solicitar uno debido a las complicaciones provocadas por la situación sanitaria, te contamos las nuevas condiciones para soliitarlo.

ERTE por fuerza mayor

Los ERTE vigentes hasta el 30 de septiembre se extienden ahora automáticamente hasta el 31 de Enero, según el  Real Decreto-ley 30/2020 del 29 de septiembre.

Por parte de las empresas, van a ver aumentadas las exoneraciones para aquellas que más se hayan visto afectadas. Principalmente las empresas del sector de hostelería, transporte y ocio. La ley recoge un listado de 42 actividades que podrán acogerse a dicha prestación.

Los negocios que formen parte de la cadena de valor o cuya labor depende indirectamente de la actividad de los negocios en ERTE, podrán solicitar una reducción de cuotas.

¿Qué tipo de ERTE puedes solicitar?

Además del ERTE por fuerza mayor, se suman dos modalidades más: 

  • ERTE por impedimento. Dirigido a aquellas empresas que no puedan desarrollar su actividad comercial debido a las restricciones sanitarias impuestas a partir del 1 de octubre. Las exoneraciones de las aportaciones de la empresa serán de un 100% si la empresa tiene menos de 50 empleados y de 90% para aquellas con más de 50 empleados. 
  • ERTE por limitación. Estará disponible para aquellas empresas que vean limitada su actividad profesional, principalmente en algunas zonas de España que tengan medidas específicas. En este caso las exoneraciones van escaladas: 
      • Menos de 50 trabajadores: 100% en octubre, 90% noviembre, 85% diciembre, 80% enero.
      • 50 o más trabajadores: 90%, 80%, 75%, 70% respectivamente. 

Si aún tienes dudas sobre cómo funciona esta prórroga de los ERTE o necesitas acogerte a uno, no dudes en preguntarnos todas las dudas que tengas. Llámanos o escríbenos, estaremos encantados de ayudarte. 

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