Ante la complejidad y exigencias del Real Decreto-ley que encorseta las ayudas directas dirigidas a autónomos y empresas afectadas por la pandemia, comunidades autónomas como la andaluza se han visto forzadas a ampliar el plazo de convocatoria del 15 al 30 de septiembre para intentar llegar a un número mayor de autónomos.
La Junta de Andalucía ha establecido un proceso sencillo que consta de dos partes. En la primera, se solicita información a la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) para el cálculo de la ayuda y en la segunda, se tramita la petición de la subvención.
Los interesados deben completar el formulario de ‘Solicitud de subvención a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado’.
Es importante aclarar, que estas ayudas solo se conceden a autónomos que sufrieron pérdidas en 2019, motivadas por la pandemia, que, además, tengan facturas pendientes entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y que se paguen o hayan pagado desde el 1 de junio de 2021. Precisamente, este requisito es el que ha dejado fuera de la convocatoria a la mayoría de negocios. Los trabajadores por cuenta propia que hayan cumplido y pagado a tiempo sus facturas no tendrán derecho a estas ayudas, a pesar de haber experimentado grandes pérdidas de facturación.
Las subvenciones con las que motivar la solvencia y la recuperación económica, se dirigen concretamente a empresas y autónomos pertenecientes a 433 actividades económicas con domicilio fiscal en Andalucía. Las cuantías oscilan entre los 3.000 y los 200.000 euros, según caída del volumen de operaciones y el número de personas trabajadoras de las entidades solicitantes.
En el siguiente enlace podrás ampliar información. Requisitos, compatibilidad, compromisos y formularios de las ayudas.